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Estado de Regulación en Partería de Brasil

En Brasil se estima un total de 500 Obstetrices y 5000 Enfermeras Obstétricas. El Organismo regulador es el Ministerio de Salud a través del COFEN/COREN, Consejo Federal de Enfermería/ Consejo Regional de Enfermería. En total hay un COREN por estado, es decir un total de 27 COREN.

La partería estuvo liderada por las Enfermeras Obstétricas hasta que en el año 2003 en la Universidad de San Pablo se comienza a dictar el primer programa de Obstetricia por entrada directa que expide el título de Obstetriz. La primera promoción de Obstetrices egresó en el 2008, sin embargo su inserción y permanencia en el ámbito laboral profesional ha sido compleja, ya que para poder ejercer se realizó una presentación judicial, lo que permitió su habilitación bajo una primer matrícula de color azul que las equiparaba al título de técnicas de Obstetricia. Esta matrícula las ubicaba en una categoría profesional menor que las Licenciadas en Enfermería Obstétrica invalidándolas en su ejercicio profesional en el ámbito sanitario obstétrico. Fue recién en el 2014 que al intervenir el Ministerio Público Judicial obtiene de forma definitiva la credencial verde acorde a la categoría Obstetriz, dejando sin efecto la azul como técnica.

La profesión está regulada por la Ley del Ejercicio Profesional de Enfermería, Ley N° 7.498, del 25 de junio de 1986 (BRASIL, 1986), donde consta:
Artículo 6º - Son enfermeros:

  1. El titular del diploma de Enfermero conferido por institución de educativa;
  2. El titular del diploma o certificado de Obstetriz o de Enfermera Obstétrica, conferido por los términos de la ley [...]

Artículo 11º - El enfermero ejerce todas las actividades de la enfermería, a saber:
Las profesionales referidas en el inciso II del art. 6º de esta ley también le incumben: 

  1. Asistencia a la parturienta y al parto normal;
  2. Identificación de distocias y toma de decisión hasta la llegada del Médico.

En el año 2016 el COFEN emite resolución 516/2016 sobre el área de ejercicio del Obstetriz, limitando su actuación únicamente al área Obstétrica.

LA NORMATIVA Nº 11, DE 7 DE ENERO DE 2015 incluye las Obstetrices en el plan principal actual de la atención de salud materna y del recién nacido en la salud pública: la Red Cigüeña, contemplando su desempeño profesional en los Centros de Parto Normal (CPN), en el ámbito del Sistema Único de Salud (SUS), para atender a la mujer y el recién nacido en el momento del parto y del nacimiento. pie de pagina: Normativa 1.459, de 24 de junio de 2011 instituir en el ámbito del Sistema único de Salud - SUS - La Red Cigüeña. 

El 5 de febrero de 2016, bajo la normativa Nº 398, se incluye las Obstetrices en el sistema privado con el fin de disminuir los índices de cesáreas innecesarias.

Actualmente las obstetrices se organizaron en grupos de trabajo en el marco de una Dirección del COREN para redactar y proponer nuevas directrices sobre el ejercicio de la Obstetriz, lo que será evaluado y posteriormente propuesto al COFEN. Ello permitiría tener una nueva resolución más compatible con la realidad de las Obstetrices, ampliando sus competencias y reconociendo la autonomía de su ejercicio profesional. Hoy día las Obstetrices están limitadas a ejercer únicamente en casas de partos en el sistema público y privado, realizando actividades únicamente relacionadas con el parto y el puerperio.